"Cualquier recurso a la guerra, a cualquier tipo de guerra, es un recurso a medios que son inherentemente criminales. Guerra, inevitablemente, es un curso de asesinatos, asaltos, privaciones de la libertad, destrucción de la propiedad.

"


Robert Jackson

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martes, 25 de marzo de 2014

La condena de Katanga: un pequeño paso en la dirección correcta.

Escrito por Ottilia Anna Maunganidze
Marzo de 2014

Traducido por Luis J. Leaño

El 7 de marzo de 2014, la Corte Penal Internacional (CPI) encontró al ex líder de la milicia congoleña Germain Katanga culpable como cómplice de un cargo de asesinato como crimen de lesa humanidad, y cuatro cargos de crímenes de guerra (asesinato, ataque a la población civil, destrucción de propiedad y pillaje).

Los cargos se refieren a delitos cometidos el 24 de febrero de 2003 en un ataque a la aldea de Bogoro, en el distrito de Ituri, en la República Democrática del Congo (RDC). Más de 200 personas murieron como resultado del ataque.

Katanga - tristemente conocido como Simba (que significa "león" en kiswahili)-  fue encontrado culpable de haber actuado con conocimiento del plan criminal común ideado por la milicia Ngiti para perseguir la población predominantemente Hema de Bogoro.

Núremberg: una verguenza judicial

Por Luis J. Leaño.

"Ningún vencido tiene justicia si lo ha de juzgar su vencedor."
Francisco de Quevedo

Muy a menudo se citan los juicios de Núremberg como hitos históricos sobre los cuales se construye el andamiaje del moderno Derecho Penal Internacional. Sin embargo, ningún investigador serio, mediadamente informado, otorgaría una validez jurídica real al andamiaje desplegado por los aliados vencedores para juzgar a los derrotados sobre interpretaciones amañadas, con un aparato judicial de dudosa procedencia y bajo el ejercicio de un procedimiento que desconocía no sólo principios básicos de validez y carga probatoria, sino de garantías esenciales del derecho de defensa y de otros derechos esenciales que los abanderados de la democracia han entronizado como bases de la moderna "civilización".

Según la profesora Alicia Gil Gil, lo primero que puede cuestionarse es la legitimidad e imparcialidad de los tribunales de Núremberg y Tokio. Fueron entidades estrictamente militares, establecidas por las cuatro potencias aliadas vencedoras y conocieron únicamente de los supuestos delitos cometidos por ciudadanos de países vencidos.

Desde el punto de vista jurídico el proceso de Núremberg infringió los principios de legalidad e irretroactividad de la Ley penal. El Estatuto de Londres del 8 de agosto de 1945 y la Carta del Tribunal Militar Internacional para el Extremo Oriente, del 19 de enero de 1946, fueron cuerpos legales expedidos con posterioridad a los hechos enjuiciados. Esta realidad no admite cuestionamientos, aunque algunos sectores con especiales intereses políticos optan por admitirla y justificarla al mismo tiempo. Otros más audaces en su perspectiva histórica, propugnan por una reinterpretación y si se quiere, una adaptación del principio de legalidad a las características y necesidades del Derecho internacional. En este ramillete de defensores de lo excepcional, aparecen incluso los que abogan por la prevalencia de otros intereses y hasta los de ignorancia audaz que esgrimen la negación del mencionado principio en el ámbito internacional a efectos de otorgar validez al linchamiento legal que culminó resultando el montaje de Núremberg.

domingo, 23 de marzo de 2014

Corte Penal Internacional: 12 Años, un billón de dólares, dos condenas.

Por David Davenport

Traducido por Luis J. Leaño

Las noticias han informado recientemente que la Corte Penal Internacional condenó a un señor de la guerra congolés por complicidad en la comisión de crímenes de guerra y crímenes contra la humanidad. Rara vez se señala que esta es sólo la segunda condena proferida por la Corte -ambas contra señores de la guerra congoleses- después de 12 años de funcionamiento y más de mil millones de dólares en gastos. Más raro aún es la idea de que esta condena, en una votación de 2-1, estuvo demorada y fue decepcionante en el resultado, ya que el criminal fue absuelto de los cargos más graves y condenado debido a una corrección a mitad del curso del proceso, en donde se le acusó de ser simplemente un cómplice de los crímenes.

jueves, 20 de marzo de 2014

La relación Estados Unidos - CPI: Un paso adelante, dos pasos atrás.

Por Eric Leonard

Febrero 23, 2014

Traducido por Luis J. Leaño

Justo cuando las cosas parecían estar dando un giro positivo y constructivo en la relación a veces tumultuosa de Estados Unidos con la Corte Penal Internacional (CPI), se produce un retroceso. En los últimos cinco años más o menos la relación Estados Unidos-CPI comenzó a asentarse en un patrón de aceptación y en ocasiones, de defensa de la Corte por parte de Estados Unidos. Este patrón benevolente comenzó cerca del final de la administración Bush y progresó bajo la administración Obama. Algunas indicaciones claras de una buena relación eran la abstención en la votación del Consejo de Seguridad de la ONU sobre la intervención de la CPI, la remisión del caso de Libia a la CPI, la promesa de asistencia para la captura de Kony y más recientemente la extradición de Bosco Ntaganda a la CPI.