Por Luis J. Leaño.
"Ningún vencido tiene justicia si lo ha de juzgar su vencedor."
Francisco de Quevedo
Muy a menudo se citan los juicios de Núremberg como hitos históricos sobre los cuales se construye el andamiaje del moderno Derecho Penal Internacional. Sin embargo, ningún investigador serio, mediadamente informado, otorgaría una validez jurídica real al andamiaje desplegado por los aliados vencedores para juzgar a los derrotados sobre interpretaciones amañadas, con un aparato judicial de dudosa procedencia y bajo el ejercicio de un procedimiento que desconocía no sólo principios básicos de validez y carga probatoria, sino de garantías esenciales del derecho de defensa y de otros derechos esenciales que los abanderados de la democracia han entronizado como bases de la moderna "civilización".
Según la profesora Alicia Gil Gil, lo primero que puede cuestionarse es la legitimidad e imparcialidad de los tribunales de Núremberg y Tokio. Fueron entidades estrictamente militares, establecidas por las cuatro potencias aliadas vencedoras y conocieron únicamente de los supuestos delitos cometidos por ciudadanos de países vencidos.
Desde el punto de vista jurídico el proceso de Núremberg infringió los principios de legalidad e irretroactividad de la Ley penal. El Estatuto de Londres del 8 de agosto de 1945 y la Carta del Tribunal Militar Internacional para el Extremo Oriente, del 19 de enero de 1946, fueron cuerpos legales expedidos con posterioridad a los hechos enjuiciados. Esta realidad no admite cuestionamientos, aunque algunos sectores con especiales intereses políticos optan por admitirla y justificarla al mismo tiempo. Otros más audaces en su perspectiva histórica, propugnan por una reinterpretación y si se quiere, una adaptación del principio de legalidad a las características y necesidades del Derecho internacional. En este ramillete de defensores de lo excepcional, aparecen incluso los que abogan por la prevalencia de otros intereses y hasta los de ignorancia audaz que esgrimen la negación del mencionado principio en el ámbito internacional a efectos de otorgar validez al linchamiento legal que culminó resultando el montaje de Núremberg.