"Cualquier recurso a la guerra, a cualquier tipo de guerra, es un recurso a medios que son inherentemente criminales. Guerra, inevitablemente, es un curso de asesinatos, asaltos, privaciones de la libertad, destrucción de la propiedad.

"


Robert Jackson

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jueves, 20 de mayo de 2010

El estado de agresión y la pasividad judicial.

Por Richard Goldstone

Cuando los Estados miembros de la Corte Penal Internacional se reúnan a finales del mes en Kampala, Uganda, para una conferencia de revisión del trabajo de la CPI, un asunto en la agenda será la reforma del estatuto del la Corte para permitirle el ejercicio de la jurisdicción sobre el crimen de agresión.  Este asunto fue aplazado cuando el estatuto de la CPI fue adoptado en 1998.  Basado en mi experiencia como fiscal internacional y hablando como un fuerte aliado de la CPI, creo que sería un serio error agregar el crimen de agresión a la agenda actual de la Corte.  El asunto debería ser aplazado de nuevo.

De cualquier manera, la Corte ha tenido un buen comienzo cuando ha generado un respaldo global y ha demostrado su potencial para tratar el problema de la impunidad oficial por crímenes internacionales serios. Sin embargo, también ha encontrado acusaciones de politización y todavía está aprendiendo, como institución, como ejercitar efectivamente su jurisdicción sobre el genocidio, crímenes contra la humanidad y crímenes de guerra.

La experiencia del  Tribunal Penal Internacional para la antigua Yugoslavia, que igualmente trató el genocidio. crímenes contra la humanidad y crímenes de guerra, debería prender una alarma para los miembros de la CPI cuando debatan el asunto de agregar el crimen de agresión a su jurisdicción.

Uno de los grandes retos que he encarado como fiscal de la TPIY ha sido convencer al público serbio que la Corte no estaba políticamente motivada para conspirar contra Serbia. El reto sería muchísimo más grande -quizá imposible- si la jurisdicción de la Corte incluyera el crimen de agresión. 

Si se hubiera incluido el crimen de agresión, hubiera tenido que investigar y eventualmente procesar la decisión de ir a la guerra -que es inherentemente una profunda decisión política-.  Procesar esa decisión habría inflamado las sospechas de un complot anti- Serbio; y escogiendo no procesar habría incitado acusaciones de que el Tribunal no estaba cumpliendo con su mandato. Tal debate habría desviado la atención y energía sobre el imperativo de proveer equitativa y efectiva justicia y responsabilidad para los graves crímenes por entonces cometidos contra civiles en la antigua Yugoslavia. 

No es el momento para que la CPI se inmiscuya en una controversia similar.  Los asuntos que podrían surgir por tratar alegaciones de agresión, brindarían a los críticos de la CPI suficiente munición para reclamar que ésta es una institución altamente politizada. 

Adicionalmente, como una institución joven, la Corte todavía tiene todavía mucho trabajo para hacer investigando y procesando efectivamente los crímenes sobre los cuales ya ejerce jurisdicción. La cooperación de los Estados miembros y las relaciones entre paz y justicia son solamente dos asuntos vitales que requieren permanente atención en Kampala y más allá. 

Lidiar con el crimen de agresión amenaza también con abrir serios desacuerdos entre los Estados miembros de la Corte y otras organizaciones de respaldo. A pesar de los años de negociaciones complejas, profundos desacuerdos persisten sobre los asuntos clave relacionados con la reforma al estatuto sobre la Agresión, tales como el consentimiento del Estado y cómo los casos serían iniciados. 

No es lógico esperar que un consenso sea alcanzado sobre estas materias en los días que restan antes de la reunión de Kampala. Intentar forzar una decisión en ausencia de un consenso, viciaría uno de los más fuertes patrimonios que la Corte ha tenido -la solidaridad de sus miembros de cara a los esfuerzos por deteriorar el proyecto de un efectivo mecanismo internacional independiente para la justicia y responsabilidad-. 

La conferencia de la CPI en Kampala no será la última oportunidad para reformar el estatuto.  Los miembros de la Corte pueden escoger hacerlo en cualquier momento en el futuro. Ellos deberían esperar al menos hasta que la Corte estuviera más establecida institucionalmente y hubiera un consenso más amplio sobre asuntos relevantes. 

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