"Cualquier recurso a la guerra, a cualquier tipo de guerra, es un recurso a medios que son inherentemente criminales. Guerra, inevitablemente, es un curso de asesinatos, asaltos, privaciones de la libertad, destrucción de la propiedad.

"


Robert Jackson

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jueves, 15 de abril de 2010

La acusación de Baltazar Garzón: Está la jurisdicción universal sometida a jucio también?


Por Cameron M acLean
The Court.

Baltasar Garzón, singular exponente de la jurisdicción universal española ha sido acusado por exceder su ámbito judicial doméstico. Garzón, el magistrado investigador que inició procedimientos, entre otros, contra el General Augusto Pinochet, los generales argentinos de la "guerra sucia", miembros de al Qaeda, terroristas Vascos, y los "Seis de Bush", ha sido llevado a los tribunales por investigar las atrocidades de la era Franco y agitar la exhumación de fosas comunes.  Si es condenado, podría ser suspendido del cargo por un término de hasta 20 años. El ya radicó una apelación. 

Aunque el asunto ya ha ocasionado muchas protestas en España, comentadores en todas partes, tales como el Professor Eric Posner y el American Enterprise Institute’s Marc Thiessen, encuentran poco para oponerse al "merecido" de Garzón.  Posner por ejemplo, ataca con un tono reivindicativo en el Wall Street Journal, escribiendo que  “este juicio marca el fin de un experimento fallido en la justicia internacional” y “debería ser una advertencia para aquellos que colocan su fe en la [Corte Penal Internacional] para corregir las equivocaciones del mundo"  Yo argumentaría que la acusación contra Garzón solamente sirve para destacar la disonancia cognitiva en el argumento como un todo. La jurisdicción universal, particularmente su ejercicio nacional como complemento de la CPI, difícilmente requiere ser abandonada simplemente porque un solo "súper juez" ha sido acusado de extralimitación. Tampoco la idea requiere ser revaluada sobre la base de que, sin una autoridad universal reconocida, el orden político actual requiere de un benevolente garante y hegemónico americano, exento de los principios que su propios gobiernos post- segunda guerra mundial establecieron ampliamente y de los cuales se derivaron las normas de la jurisdicción universal. En este caso, las peculiares circunstancias que rodean la acusación de Garzón hacen papilla uno de los más plausibles criticismos de la jurisdicción universal. La crítica mantiene que jueces como Garzón, que están armados solamente con la abstracción judicial y la falta de conocimiento acerca de las sensibilidades y matices locales, podrían dañar los esfuerzos hacia la reconciliación de divisiones históricas en los Estados cuyos líderes se pretende juzgar.

España provee un buen ejemplo del tipo de organización política legal para quien la "reconciliación" parece haber logrado poco. Establecida tras la muerte de Franco y la restauración de la monarquía constitucional, la ley de amnistía española de 1977 dispuso que todos los crímenes cometidos por cualquier parte durante la guerra civil, y que fuera caracterizada por una "intención política", estaban inmunes de enjuiciamiento.  Para el periodo comprendido entre 1939 y 1975, la amnistía se aplicó ampliamente.  Así, la acusación de Garzón (elaborada por un trío de organizaciones españolas de derecha que incluye la herencia nominal corporativa de Franco, Falange Española) proviene de sus investigaciones, abandonadas en 2008, por "la muerte de 114,000 personas a manos de los seguidores de Franco durante la guerra civil de 1936-39 y la dictadura que la siguió", y de contemplar la "exhumación de al menos 19 fosas comunes.”  Los defensores del juez distinguen entre crímenes "políticos" cometidos por el Estado y aquellos que constituyen crímenes contra la humanidad.  En palabras de Garzón, "cualquier ley de amnistía que busque encubrir un crimen contra la humanidad es legalmente inválida".  Los oponentes de Garzón mantienen la validez de la ley de amnistía y la ilegalidad de lo que ellos sostienen, es una aplicación retroactiva de la ley española de jurisdicción universal.

Parece que los gobiernos españoles recientes, para no mencionar el sistema judicial notablemente politizado del país, han dado a la amnistía un tratamiento hipócrita. En 2007, el gobierno socialista de José Luis Zapatero promulgó su Ley de Memoria Histórica, la cual estableció la ayuda del Estado a las familias que quieran abrir las fosas comunes para recobrar e identificar las víctimas, prometió remover la estatuas y símbolos fascistas de los sitios públicos y prohibir los mítines políticos en el Valle de los caídos, el cual se había convertido en el centro de las actividades fascistas modernas. La ley apropiadamente prometió solamente "reparación moral" a las víctimas de Franco, condenando explícitamente la dictadura y anulando toda la ley penal de la era Franco sobre la base de que "ella fue defectuosa en forma y sustancia.”

Respondiendo en parte al intento de Garzón en 1998 por lograr que el general Pinochet fuera extraditado de la Gran Bretaña, Henry Kissinger advirtió en 2001 que los jueces que ostentaban jurisdicción universal tienden a "sustituir su propio juicio por los procedimientos de reconciliación de sociedades democráticas donde presuntas violaciones de derechos humanos pudieron haber ocurrido". Cualquiera que sea su discutible pertinencia con el ejemplo de Chile, la crítica de Kissinger se debilita a la luz de la España de la post- guerra civil. Dada la destacable continuidad entre los antagonistas políticos españoles, y el  barrido total de su ley de amnistía, se podría decir justificadamente que las objeciones de Kissinger son tan infundadas  e insensibles a la diferencia local como a los magistrados a los que alude.

Las garantías de los procedimientos de reconciliación en España son instrumentales, nada que ver con el cándido auto examen político que conveniencia e inmunidad universal para el Estado y sus agentes.

¿Cómo entonces debería considerarse la amnistía española de 1977, tanto legalmente como en términos de reconciliación nacional? Kissinger dice: "La decisión de la España posfranquista de evitar juicios al por mayor por violaciones de los derechos humanos del pasado reciente fue explícitamente diseñado para fomentar un proceso de reconciliación nacional que, sin duda, contribuyó mucho a la pujanza actual de la democracia española.” La noción de salud democrática "vigoroza" parece muy extraña en el contexto de la acusación a Garzón, así como su fuente en la objeción de los vestigios del partido fascista a la exhumación de las fosas comunes de siete décadas de edad. Discutiendo la amnistía de la junta chilena (la que se otorgó a sí misma en 1978), el profesor William Burke-White escribe que las amnistías generales son forzosamente ilegítimas. Característicamente están desconectadas del cuerpo político herido en propósito y efecto, "borrando efectivamente una década o más de abusos, represión y violaciónes con un golpe de pluma". Peor aún, según Burke-White las amnistías usualmente fallan en proveer a las víctimas con cualquier medio de reparación civil o (no penal), lo que sin duda es requisito previo para la clase de reconciliación política "orgánica" que los críticos de Garzón pretenden defender. Por supuesto, la amnistía post-franquista de España se distingue del ejemplo chileno que Burke-Blanco condena, no solamente porque la amnistía contó con amplio apoyo tanto de la izquierda y la derecha en el momento en que se aprobó la ley. Incluso comentaristas españoles recientes, como el historiador de izquierda Andreu Mayayo escriben, en respuesta a quienes sostienen que España necesita "una especie de juicio de Núremberg para poner las cosas al derecho, "que después de Núremberg la des nazificación se caracterizó por la "timidez”, y que es razonable preguntar "¿cual pudiera haber sido una alternativa realista a la legislación de 1977?".


Pero la verdadera cuestión no es tanto lo que España debería haber hecho en vez de promulgar una amnistía general, sino lo que debería hacer ahora. Tal vez España no debería ocuparse tanto en borrar todos los restos físicos del régimen franquistas. Las investigaciones de Baltasar Garzón dentro de la época de los crímenes de Franco y las fosas comunes, aunque pueden haber infringido el tenor literal de la amnistía de 1977 y son motivo de una buena dosis de alegría malsana (aunque no tanto en la forma de crítica útil a la jurisdicción universal) , se destacaron por su sobriedad y equilibrio. Es decir, las investigaciones de Garzón muestran la clase de sobriedad y equilibrio que los críticos de Garzón sostienen, es intrínseco a la reconciliación de una nación con un pasado violento y enemiga de los "fanáticos" jurídicos que pretenden ejercer la jurisdicción universal.


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