23 Nov 2011
Un doble estándar internacional divide la comunidad internacional entre victoriosos y vencidos.
Escrito por Richard Falk
Montreal, Canadá - Desde que los líderes alemanes y japoneses supervivientes fueron procesados después de la Segunda Guerra Mundial en Nuremberg y Tokio, ha habido un gran abismo que separa la responsabilidad penal de aquellos que cometen crímenes contra la paz, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra, de las realidades de la política mundial. La ley presiona hacia la consistencia de su aplicación, concediendo mayor importancia a la responsabildad de los que tienen mayor poder y riqueza.
Las realidades de la política mundial se mueven en dirección opuesta, eximiendo a los actores políticos que juegan un papel dominante. En cierto sentido, el modelo fue codificado en los compromisos seminales de Nuremberg y Tokio en la forma de "justicia de vencedores". Sin duda, los bombardeos indiscriminados de ciudades alemanas y japonesas por flotas de bombarderos aliados y el lanzamiento de bombas atómicas sobre Hiroshima y Nagasaki fueron "crímenes" que debería haber sido castigados si los tribunales habieran sido totalmente "legales" en su operación.
Fue el caso, especialmente en Tokio, que el tribunal permitió a los acusados ser representados por abogados competentes y que los jueces evaluaron adecuadamente la evidencia alegando criminalidad, produciendo opiniones disidentes en el procedimiento japonés y una absolución en Nuremberg. En efecto, fue una medida de equidad procesal en estos juicios, en el sentido de que los acusados se involucraron en una actividad que era jurídicamente deseable para criminalizar a través de la determinación de culpabilidad y la imposición de la pena.
El fiscal en jefe de Nuremberg, el juez Robert Jackson (excusado temporalmente de servir como miembro de la Corte Suprema de los EE.UU.), hizo de esta promesa una formulación duradera en una declaración oficial en la Corte: "Si ciertos actos y violaciónes de los tratados son crímenes, son crímenes bien sea que los Estados Unidos o Alemania los cometan. No estamos preparados para estipular una norma de conducta criminal contra otros, si no estamos dispuestos a invocarla contra nosotros ". Estas palabras han sido invocadas reiteradamente por activistas de la paz, pero los líderes políticos no lo notan, y los crímenes de los poderosos siguen ocurriendo. A imitación de este defectuoso precedente de Núremberg, desde el final de la Guerra Fría la aplicación de la responsabilidad penal se ha reanudado para los perdedores en la política mundial, incluyendo a líderes como Milosevic, Saddam Hussein y Gadafi, cada uno de los cuales fueron depuestos por la fuerza militar occidental.
Estándares dobles.
Este patrón dual de la responsabilidad penal que no puede conciliarse con el derecho o la legitimidad ha dado lugar a varios esfuerzos reformistas. La sociedad civil y algunos gobiernos han favorecido una más genuina legalización de la responsabilidad penal y elevó las esperanzas liberales de forma inesperada al lograr el establecimiento de la Corte Penal Internacional en 2002. Sin embargo, esta y otras iniciativas formales no se han desplazado a las realidades de la política mundial, que siguen mostrando el espíritu Melian cuando se trata de la responsabilidad penal: "los fuertes hacen lo que quieren, los débiles hacen lo que deben". El doble rasero persiste: los malhechores en África son el objetivo de los fiscales, pero los del Oeste que libran guerras de agresión o abrazan la tortura como políticas nacionales siguen gozando de impunidad, o casi.
La existencia de un doble estándar es parte de la profunda estructura de la política mundial. Incluso se le da rango constitucional al ser recogida en la Carta de las Naciones Unidas. Se permite que los cinco miembros permanentes del Consejo de Seguridad de la ONU, es decir los ganadores en 1945, ejerzan el veto sobre cualquier decisión que afecte la paz y la seguridad del mundo, eximiendo de esta manera a los estados más peligrosos del mundo, los más poderosos militarmente y los más expansionístas, de la obligación de defender el derecho internacional. Tal poder de veto, mientras suena el toque de difuntos para la ONU en su función básica de prevención de la guerra sobre la base de la ley en lugar de la geopolítica, es probablemente responsable de mantener la organización unida en momentos de intenso conflicto geopolítico.
Sin el veto, sin duda el Oeste habría empujado fuera a la Unión Soviética y China durante los años de la Guerra Fría, y la ONU se habría desintegrado de la misma forma que la Liga de Naciones, la cual, después del final de la Primera Guerra Mundial convirtió el sueño de Woodrow Wilson en una pesadilla. Más allá de esto, aunque visto a través de una óptica geopolítica, el carácter anacrónico del Consejo de Seguridad centrada en Occidente es un vestigio de la época colonial. 2011 no es 1945, pero la rigidez de la organización significa que India, Brasil, Turquía, Indonesia y Sudáfrica, parecen destinados a seguir siendo las damas permanentes en espera de lo que la ONU haga acerca de sus serios negocios masculinos. Lo que esto significa, al tenor de la política de responsabilidad penal individual, es que todo lo que es "legal" no es necesariamente "legítimo".
Mi argumento busca establecer dos puntos principales: primero, el doble estándar impregna la aplicación del derecho penal internacional, erosionando su autoridad y legitimidad, y en segundo lugar, las jerarquías geopolíticas integradas en el marco de la ONU perderán su autoridad y legitimidad por no adaptarse a los nuevos tiempos y condiciones , especialmente el colapso del orden colonial y el surgimiento de centros de poder blando y duro no- occidentales.
Hay diferentes tipos de esfuerzos para cerrar esta brecha entre lo legal y lo legítimo en relación con la criminalidad de los dirigentes políticos y jefes militares. Un movimiento, a nivel del Estado soberano, es fomentar el derecho penal interno para extender su alcance a los crímenes internacionales. Dicha autoridad, que se conoce como la jurisdicción universal (UJ), un esfuerzo consagrado por los Estados para superar las deficiencias en la aplicación del derecho internacional, fue inicialmente desarrollado para lidiar con el delito de piratería, que se interpretó como un crimen contra el mundo entero. Muchas de las democracias liberales, se han considerado en particular como agentes del orden jurídico internacional, dotando a su sistema judicial con la autoridad para detener y enjuiciar a aquellos considerados como penalmente responsables de crímenes de Estado. La legislación de la UJ representa una fuerte tendencia durante la segunda mitad del siglo XX en las democracias liberales, especialmente en Europa Occidental. Este desarrollo alcanzó conciencia pública en relación con la espectacular detención en Gran Bretaña, en 1998, de Augusto Pinochet, ex gobernante de Chile, en respuesta a una solicitud de extradición de España, donde los cargos criminales habían sido aprobados judicialmente. El ámbito de la UJ es más amplio que su implementación formal, como que su simple amenaza resulta intimidante, llevando personalidades que podrían ser detenidas y acusadas a evitar las visitas a los países en que tales demandas podrían ser plausiblemente hechas. Como era de esperar, UJ dio lugar a una vigorosa campaña geopolítica de retroceso, especialmente por los gobiernos de los Estados Unidos e Israel que reaccionaron con miedo a esta perspectiva de aprehensión criminal por tribunales nacionales extranjeros. Como resultado de intensas presiones, varios de los estados europeos han revertido su legislación en materia de UJ a fin de calmar las preocupaciones de los viajeros con antecedentes manchados.
Hay otro enfoque a la difusión de la red de la responsabilidad penal y que permanece controvertida, y sin embargo parece responder a la actual atmósfera mundial de descontento populista. Se trata de los reclamos de la sociedad civil, por los pueblos del mundo, para establecer instituciones y procedimientos diseñados para cerrar la brecha entre la ley y la legitimidad en relación con la aplicación del derecho penal internacional. Estas iniciativas se remontan a la creación del Tribunal Penal Internacional Bertrand Russell, que examinó las acusaciones de crímenes de agresión y de guerra relacionados con el papel de Estados Unidos en la guerra de Vietnam (1966-67). Los cargos fueron pesados por un distinguido jurado compuesto por figuras de autoridad moral y cultural presidido por Jean-Paul Sartre.
El Tribunal Russell fue ridiculizado en su momento como un "tribunal canguro" o un "circo", porque sus conclusiones podían preverse exactamente con antelación, su autoridad fue autoproclamada y sin aprobación gubernamental y no tenía control sobre los acusados a más de que su capacidad estaba por debajo de la ejecución de sus decisiones. Lo que se pasó por alto en esa crítica fue el grado en que este rechazo del experimento Russell refleja las pretensiones monopólicas y egoísta del sistema estatal y el estado para controlar la administración de la ley, ignorando las reclamaciones de la sociedad de lograr una ley administrada de manera justa, al menos simbólicamente de acuerdo con la justicia. Los críticos también ignoraron el hecho de que sólo este tipo de iniciativas podrían superar el apagón de la verdad provocada por la geopolítica de la impunidad.
No excepciones.
El Tribunal Russell pudo no haber sido "legal" en el sentido convencional de las perspectivas gubernamentales, pero fue "legítimo" para responder al doble estándar, llamando la atención sobre los crímenes masivos y peligrosos delincuentes, y proveyendo una narración completa y confiable de los patrones criminales que destruyeron o alteraron la vida de sociedades enteras y a millones de personas. Como suele suceder, estas iniciativas sociales requieren un gran esfuerzo, y sólo se producen cuando la criminalidad parece ser grave y extrema y donde una movilización geopolítica impide la investigación por instituciones establecidas de ley penal.
Es en este contexto que entendemos el flujo constante de iniciativas que se basan en la experiencia Russell. A partir de 1979, la Fundación Basso en Roma patrocinó una serie de dichos procedimientos bajo la rúbrica del Tribunal Permanente de los Pueblos que explora una amplia variedad de atentados criminales desatendidos, incluyendo el despojo de los pueblos indígenas, la dictadura de Marcos, la masacres de armenios, la libre determinación de las reclamaciones de los pueblos oprimidos. En 2005 el Tribunal Mundial sobre Irak en Estambul, investigó las denuncias de agresión, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra relacionados con la invasión de Estados Unidos y el Reino Unido y la ocupación de Irak, a partir de 2003, que causó tantos como un millón de iraquíes muertos y varios millones de desplazados de forma permanente. En las últimas semanas el Tribunal Russell sobre Palestina, un descendiente institucional directo de la empresa original, celebró una reunión en Sudáfrica para investigar acusaciones de apartheid, como un crimen contra la humanidad en contra de Israel. En algunos días, el Tribunal de Crímenes de Guerra en Kuala Lumpur pondrá en marcha una investigación sobre las acusaciones de criminalidad contra George W. Bush y Tony Blair por su participación en la planificación, iniciación, y ejecución de la guerra de Irak, al que seguirá un año más tarde una investigación posterior sobre las acusaciones de tortura contra Dick Cheney, Donald Rumsfeld y Alberto Gonzales. Tengo la intención de escribir posteriormente sobre cada uno de estos procedimientos.
Sin duda, tales esfuerzos de la sociedad por llevar a criminales de guerra ante la justicia simbólica es consistente con la creciente demanda en todo el mundo por una democracia real sostenida por un Estado de Derecho que no exime de responsabilidad a ricos y poderosos.
Richard Falk es Profesor Emérito en la Albert G. Milbank de Legislación Internacional en Princeton University y Visiting Distinguished Professor en Estudios Globales e Internacionales en la University of California, Santa Barbara. Es autor y editor de numerosas publicaciones que abarcan un periodo de cinco décadas. Recientemente editó el volumen, International Law and the Third World: Reshaping Justice (Routledge, 2008).
En la actualidad cumple su tercer año de un período de seis añoscomo Relator Especial de Naciones Unidas sobre los derechos humanos palestinos.
http://www.aljazeera.com/indepth/opinion/2011/11/2011111815484766433.html
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