Por Alex George
Traducido por Luis Leaño
La Corte Penal Internacional ha vuelto a abrir una investigación preliminar sobre presuntos crímenes de guerra cometidos por soldados británicos en Irak; pero a pesar de un amplio apoyo, la competencia limitada de la corte no la hace lo sufientemente eficaz para acometer la tarea.
En su mayor parte, el derecho penal internacional es apenas un poco más que ficción. Los Estados son libres de cometer crímenes de guerra y crímenes contra la humanidad sin que exista un recurso disponible contra ellos.
Se han hecho débiles intentos para establecer un sistema universal de responsabilidad. Después de la Segunda Guerra Mundial, los aliados establecieron los Juicios de Nuremberg con el fin de procesar a los responsables de las atrocidades cometidas por los nazis. Pero esto no fue más que una justicia de vencedor. Los juicios fueron instigados por los fiscales aliados, decididos por jueces afines y basados en principios de derecho internacional que, en su mayor parte, fueron elaborados sobre la marcha.
Hasta finales del siglo, la justicia seguía siendo difícil de obtener y los juicios se realizaron sobre una base ad-hoc, por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Este sistema protege a los miembros permanentes con poder de veto y sus aliados, y respondió sólo a grandes atrocidades, como los tribunales penales internacionales para Ruanda y Yugoslavia.
La CPI fue establecida en 1998 con el ánimo de que administrara justicia en los casos más serios, destacados como crímenes de guerra, crímenes contra la humanidad y genocidio. Desde entonces sin embargo, la Corte ha estado sujeta a críticas desde casi todos los ángulos.
Muchos arguyen que el tribunal no es apto para su propósito, con el argumento de que es impotente contra los estados poderosos y en su lugar se centró casi exclusivamente en África - cada persona acusada hasta ahora ha sido de África, y la Unión Africana ha considerado pedir a sus miembros el retiro de la organización. La semana pasada se siguió con este esquema, sentenciando el comandante congolés Germain Katanga, que es sólo la segunda persona condenada por el tribunal.
Era de esperarse que la reciente sustitución del fiscal jefe de la CPI, Luis Moreno Ocampo de Argentina, por su adjunto gambiana Fatou Bensouda, detendría la persecución selectiva de los africanos, pero por desgracia no ha sido así.
La CPI también ha sido ampliamente criticada por la emisión de órdenes contra los jefes de Estado de Sudán y Kenia - a pesar de la gravedad de sus supuestos delitos. Muchos abogados se mostraron indignados porque se tuvo la audacia de poner en peligro el protocolo diplomático básico, mientras que otros criticaron la incapacidad de la Corte Penal Internacional para llevar los sospechosos a juicio después de la acusación inicial. En resumen, ninguna de las partes está satisfecha con el desempeño de la Corte Penal Internacional.
Al lado de todo esto, la falencia fundamental de la CPI es su incapacidad básica para superar el mayor obstáculo en el derecho internacional: el consentimiento. Cada estado es soberano y no puede ser obligado sin su consentimiento expreso. Por ejemplo, las resoluciones del consejo de seguridad sólo son vinculantes para los estados miembros de la ONU, porque al incorporarse a la ONU todos ellos dieron su consentimiento para cumplir con ellas.
De 193 miembros de la ONU, 139 han firmado el Estatuto de Roma que establece la Corte Penal Internacional. Por desgracia, la firma por sí sola no es suficiente para atribuir la competencia a la Corte Penal Internacional y los estados también deben implementarla a través de la ratificación. 17 Estados han firmado pero no ratificado, incluyendo a Sudán, Israel y Estados Unidos, que no tienen intención de hacerlo.
Estos estados que no ratifican representan una preocupación; pero lo que es peor, la lista de los no miembros es efectivamente una lista de los poderes agresivos del mundo, y sin su firma, la CPI es impotente ante ellos.
La CPI sólo puede ejercer su jurisdicción sobre los nacionales de un Estado que haya ratificado el Estatuto, o aquellos que han cometido el crimen en un Estado que haya ratificado el Estatuto. Como un punto de fricción más, la Corte sólo puede hacer frente a los crímenes cometidos después de julio de 2002, cuando el Estatuto de Roma entró en vigor. Esto evita que la CPI ejerza su jurisdicción sobre una serie de conflictos recientes, como la guerra del Golfo, la guerra de Kosovo, y el inicio de la guerra en Afganistán.
A pesar de que Sudán se niega a ratificar, su presidente Omar Hassan al-Bashir, ha sido acusado por crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad y genocidio, contradiciendo de esta manera la inmunidad soberana universalmente aceptada -. Esto se debe a un único - y en última instancia inadecuado - criterio de competencia:. La CPI también puede ejercer su competencia si el Consejo de Seguridad de la ONU somete el asunto a ella.
La semana pasada el Consejo de Seguridad presentó una resolución refiriendo a la CPI los crímenes de guerra en Siria. Había sido respaldada por 65 países, pero fue vetado, como era previsible, por parte de Rusia y China.
La embajadora de los Estados Unidos, Samantha Power, condenó abiertamente sus acciones: "El pueblo sirio no verá la justicia. Verán la delincuencia, pero no el castigo”. Lo cierto es que la declaración es profundamente hipócrita dado que los Estados Unidos no ha ratificado el Estatuto de Roma, y probablemente vetaría cualquier resolución de intentara referir sus acciones en Irak, o las acciones de un aliado como Israel
La posición única de la Corte Penal Internacional sobre crímenes de agresión - cuando un estado utiliza la agresión militar contra otro -. es un golpe de gracia a su eficacia.
Los crímenes de agresión se tratan por separado y requieren la ratificación de un instrumento adicional, que sólo será vinculante después de 2017 y requerirá 30 ratificaciones. Tan sólo 14 Estados han ratificado hasta el momento. Cualquier persona que reclame que la CPI enjuicie a Bush o Blair sobre el asunto de Irak, se quedó con las ganas, ya que ni el Reino Unido ni Estados Unidos han ratificado o pueden llegar a hacerlo.
La insuficiencia de esto es simple Son consistentemente los mismos estados los que participan en guerras de agresión, y ninguno de ellos hará nada por ratificar un instrumento que les castigue por esto. Muchos de ellos ni siquiera han ratificado el primer instrumento.
No podemos esperar que la Corte Penal Internacional brinde un derecho penal internacional justo y coherente en el corto plazo, especialmente en su forma actual. Cuando los estados no están dispuestos a someterse a la Corte Penal Internacional por su propia voluntad, nunca va a existir justicia universal. Es así de perturbadoramente simple. .
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El original del artículo anterior puede ser revisado en el siguiente enlace:
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